El Gobierno central asegura que la Ley de Costas “no impide el mantenimiento, pervivencia y conservación” de los núcleos singulares-históricos situados a lo largo de la costa de Galicia a menos de cien metros del litoral. El Ejecutivo justifica el recurso presentado ante el Tribunal Constitucional (TC) a la Disposición Adicional Segunda de la ley de Vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia porque “vulnera el principio de igualdad y competencia del Estado”.
En respuesta escrita a la diputada nacionalista Olaia Fernández Davila, recogida por Europa Press, el Ejecutivo central afirma que para este tipo de núcleos, la Ley de Costas vigente no obstaculiza la pervivencia de estos núcleos “con independencia de si en estos terrenos o núcleos la servidumbre es de 100 ó 20 metros en función de su clasificación o consideración de suelo urbano o no”.
Asimismo, apuntó que los propietarios conservan sus viviendas y “pueden realizar obras de reparación y mejora”, con la “única limitación” de que “no pueden incrementar el volumen de lo existente y con la autorización de la Administración autonómica o local”.
Por lo tanto, según el Gobierno central, “si el problema es la aplicación de la servidumbre de protección a estos núcleos singulares, la Ley de Costas no altera la situación existente a la entrada en vigor”. “Protege estos núcleos, aunque no permite que sigan creciendo”, sentenció.
En este sentido, el Ejecutivo señaló que la Ley de Costas “no es la única norma” que, en favor de la protección y defensa del interés general, impone limitaciones o servidumbres al derecho de propiedad, y puso como ejemplo la legislación urbanística junto con otras normativas estatales y autonómicas.
